Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja. · BOE-A-2001-11814
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-22.
Texto consolidado
Queda derogada la Ley 5/1990, de 29 de junio, de Inspección, Infracciones y Sanciones en materia turística; el Decreto 11/1994, de 24 de febrero, sobre regulación y ordenación de los alojamientos turísticos en posadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en la presente Ley.