Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única del Decreto-ley 9/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes en los ámbitos de seguridad ferroviaria, de puertos de titularidad de la Generalitat y del taxi. · BOE-A-2020-9592
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-08.
Texto consolidado
Queda derogada la disposición transitoria única de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.
Más artículos de Decreto-ley 9/2020
- ← Artículo 7. Modificación de la Ley 7/2018, de 26 de marzo, de la Generalitat, de seguridad ferroviaria.
- → Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 9/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes en los ámbitos de seguridad ferroviaria, de puertos de titularidad de la Generalitat y del taxi.