Disposición adicional vigésima sexta. Programa del Fomento del Empleo.
Disposición adicional vigésima sexta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-1997-28053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Uno. Durante 1998 continuará siendo de aplicación la disposición adicional sexta de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en relación con el artículo 44 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en lo relativo a los trabajadores discapacitados.
Dos. Se habilita al Gobierno para que, en el plazo de un año, establezca una nueva regulación de la relación laboral especial de minusválidos que trabajen en Centros Especiales de Empleo.
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