Disposición adicional vigésima quinta. Régimen fiscal y contable de las empresas de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
Disposición adicional vigésima quinta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-1997-28053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Las empresas participadas mayoritariamente por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, que requieran regularizar sus cuentas anuales como consecuencia de los diferentes planes de reconversión industrial acordados, podrán registrar las dotaciones necesarias para atender los compromisos laborales del personal no productivo con cargo a cuentas de reservas de libre disposición.
Esta dotación tendrá la consideración de gasto deducible en la medida que reúna los requisitos generales establecidos para la deducibilidad fiscal de las aportaciones empresariales a sistemas de previsión social.