Disposición adicional vigésima primera. Contratos de obra bajo la modalidad de abono total del precio.
Disposición adicional vigésima primera de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999. · BOE-A-1998-30154
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
Durante el ejercicio de 1999, el Gobierno no autorizará la celebración de nuevos contratos de obra bajo la modalidad de abono total del precio, regulada en el artículo 147 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y en el Real Decreto 704/1997, de 16 de mayo.
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