Disposición adicional vigésima novena.
Disposición adicional vigésima novena de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986. · BOE-A-1985-26831
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-01.
Texto consolidado
La cuantía de 3 millones de pesetas que figuran en la disposición adicional sexta de la Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983, para la adquisición de unidades centrales de proceso de equipos y sistemas de informática, se eleva a 10 millones.
El Gobierno podrá modificar este límite cuando así lo aconsejen las circunstancias.