Disposición adicional vigésima cuarta. Reconversión de la infraestructura de los teléfonos públicos de pago.
Disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones. · BOE-A-2022-10757
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-30.
Texto consolidado
Las infraestructuras de los teléfonos públicos de pago se podrán reconvertir o utilizar como puntos de conectividad para la prestación, entre otros, de los siguientes servicios:
a) puntos de conexión a internet;
b) teléfono de emergencias;
c) punto de envío y recogida de paquetería.
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