Disposición adicional única. Cómputo.
Disposición adicional única del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. · BOE-A-1997-9712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-05.
Texto consolidado
Los plazos señalados por días en estos Estatutos generales se computarán por días naturales.