Disposición adicional única. Reglas de aplicación.
Disposición adicional única del Real Decreto 1797/1999, de 26 de noviembre, sobre el control de las operaciones de pesca de buques de terceros países en aguas bajo soberanía o jurisdicción española. · BOE-A-1999-24005
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-06.
Texto consolidado
El presente Real Decreto se dicta en el ejercicio de la competencia exclusiva del Estado en materia de comercio exterior y de pesca marítima, de acuerdo con lo previsto en el artículo 149.1.10.a y 19.a de la Constitución.