Disposición adicional única.
Disposición adicional única de la Ley 7/1984,de 21 de noviembre, del Escudo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1985-3565
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-11.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de las Islas Baleares para dictar las disposiciones reglamentarias pertinentes para el cumplimiento de la presente Ley.