Disposición adicional trigésima segunda. Modificación de la Ley 46/1983, de 26 de diciembre, Reguladora del Tercer Canal de Televisión.
Disposición adicional trigésima segunda de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. · BOE-A-1999-24786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.
Texto consolidado
Se añade una nueva disposición adicional séptima a la Ley 46/1983, de 26 de diciembre, Reguladora del Tercer Canal de Televisión, con el siguiente contenido:
«Las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios de colaboración para permitir la emisión de uno o varios programas de su televisión autonómica en el ámbito geográfico de otras, siempre que los espacios radioeléctricos correspondientes a sus ámbitos territoriales sean colindantes y que utilicen las frecuencias que tengan asignadas por el Ministerio de Fomento.»
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