Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
Disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 14/2011, de 16 de septiembre, de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. · BOE-A-2011-14910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-21.
Texto consolidado
Se modifica el párrafo sexto del apartado 3 del artículo 5 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que queda redactado en los siguientes términos:
«Asimismo, los prestadores de servicios de comunicación audiovisual podrán dedicar hasta el 40 por 100 restante, y hasta el 25 por 100 en el caso de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de titularidad pública, del total de su respectiva obligación de financiación a películas, series o miniseries para televisión. Dentro de estos porcentajes, los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de titularidad pública deberán dedicar un mínimo del 50 % a películas o miniseries para televisión.»
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