Disposición adicional tercera. Elaboración de los planes de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales. · BOE-A-2003-13981
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Las Ciudades de Ceuta y Melilla elaborarán, aprobarán y ejecutarán los correspondientes planes.
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