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Real Decreto Vigente

Disposición adicional tercera. Referencias.

Disposición adicional tercera del Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada. · BOE-A-2025-15229

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-24.

Texto consolidado

A los efectos de lo dispuesto en este real decreto:

a) Las referencias hechas a personas menores de edad se entenderán realizadas a personas menores de edad, o cuya minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad, extranjeras no acompañadas.

b) Las referencias hechas a las comunidades autónomas deben entenderse también realizadas a las ciudades con Estatuto de Autonomía.

c) Las referencias hechas a la Subdelegación del Gobierno y a la persona titular de la Subdelegación del Gobierno deben entenderse hechas, respectivamente, a la Secretaría General de la Delegación del Gobierno y a la persona titular de la Secretaría General de la Delegación del Gobierno, en caso de que no exista Subdelegación del Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-07-24.

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