Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada. · BOE-A-2025-15229
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-24.
Texto consolidado
La aprobación de este real decreto no implicará aumento del gasto público, ni supondrá incremento de los gastos de personal.
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