Disposición adicional tercera. Coloreado y marcado de cáscaras de huevo.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 2001/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos colorantes autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización. · BOE-A-1996-1387
Atención: Real Decreto 2001/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para el coloreado decorativo de cáscaras de huevo o para marcarlas con arreglo a lo establecido en el Reglamento (CEE) n.º 1274/91, sólo podrán utilizarse los colorantes enumerados en el anexo I.
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