Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio, por el que se aprueban el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones Públicas. · BOE-A-1986-18101
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-07-09.
Texto consolidado
De acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el presente Reglamento no será de aplicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 237, de 3 de octubre de 1986. Ref. BOE-A-1986-26247.