Disposición adicional tercera. Gestión de recursos de la Presidencia española de la Unión Europea.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2008-15366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-23.
Texto consolidado
La supervisión de la gestión, tanto económico-financiera como administrativa de las actuaciones destinadas a la realización de la Presidencia española de la UE y el resto de las reuniones, será realizada por las unidades correspondientes de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno y dependerá de su Secretario General, sin perjuicio de las competencias propias de los órganos de fiscalización y control de gasto del Estado.
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