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Real Decreto Derogada

Disposición adicional tercera. Destinos del personal funcionario civil en la Dirección General de la Guardia Civil.

Disposición adicional tercera del Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2001-22623

Atención: Real Decreto 1250/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los destinos de los funcionarios civiles en la Dirección General de la Guardia Civil se regirán por su normativa específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-06-04.

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