Disposición adicional tercera. Presentación de la declaración responsable por parte de los agentes.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera. · BOE-A-2015-13437
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-12.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto todos aquellos agentes que comercializan madera y productos de madera en España incluidos en el anexo del Reglamento EUTR deberán presentar la declaración responsable que corresponda, en cada caso, de acuerdo con el artículo 7 de este real decreto.
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