Disposición adicional tercera. Contrato de formación en alternancia en el marco de la autorización de residencia temporal por razones de arraigo socioformativo.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. · BOE-A-2025-24011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-17.
Texto consolidado
Las personas que obtuvieran una autorización de residencia por razones de arraigo socioformativo podrán participar en programas de formación en alternancia, concretamente, a través de contratos de formación en alternancia.
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