Disposición adicional tercera. Repertorio de acciones de formación continua.
Disposición adicional tercera de la Orden TAS/500/2004, de 13 de febrero, por la que se regula la financiación de las acciones de formación continua en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, en desarrollo del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional Continua. · BOE-A-2004-3750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-02.
Texto consolidado
1. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, con el fin de facilitar la estructura y clasificación de la formación que realizan las empresas, así como su tratamiento estadístico, elaborará durante el año 2004 un repertorio de acciones de formación continua, estructurado en función de las competencias profesionales que genera cada una de ellas, agrupadas por áreas y familias profesionales, acordes con el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
2. El citado repertorio diferenciará las acciones de formación continua específicas de ámbitos sectoriales u ocupacionales concretos, de aquellas otras que proporcionen competencias genéricas transversales a diferentes sectores u ocupaciones.
Asimismo el repertorio identificará las acciones de formación continua que, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, se correspondan con módulos formativos del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
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- Ver la norma completa: Orden TAS/500/2004, de 13 de febrero, por la que se regula la financiación de las acciones de formación continua en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, en desarrollo del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional Continua.