Disposición adicional tercera. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Disposición adicional tercera de la Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, de accesibilidad universal y diseño para todas las personas. · BOE-A-2010-8390
Atención: Ley Foral 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los aspectos de accesibilidad universal y de diseño para todos de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas se ajustarán a lo establecido en Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, y en su normativa de desarrollo.