Disposición adicional tercera. Informe de evaluación.
Disposición adicional tercera de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo. · BOE-A-2006-20850
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-08.
Texto consolidado
Cada cuatro años, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía elaborará y remitirá al Parlamento de Andalucía un informe en el que se hará una evaluación del grado de cumplimiento y de los efectos de la aplicación de la presente Ley.