Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 8/2006, de 14 de junio, de Creación del Consorcio de Transportes de Mallorca. · BOE-A-2006-12862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-23.
Texto consolidado
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, el Consejo de Administración del Consorcio de Transportes de Mallorca aprobará la plantilla de personal.