Disposición adicional tercera. Procedimiento administrativo.
Disposición adicional tercera de la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-2542
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-02.
Texto consolidado
En relación con los procedimientos, recursos, forma y contenido de los actos y disposiciones de la Cámara de Cuentas que no sean adoptados en el ejercicio de la función fiscalizadora, resultará de aplicación lo establecido en la legislación básica sobre procedimiento administrativo común y régimen jurídico del sector público.