Disposición adicional cuarta. Derecho supletorio.
Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-2542
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-02.
Texto consolidado
Serán de aplicación supletoria, en el ejercicio de la función fiscalizadora de la Cámara de Cuentas, las disposiciones que regulen el ejercicio de dicha función por parte del Tribunal de Cuentas.