Disposición adicional tercera. Fondo adicional y línea de ayudas.
Disposición adicional tercera de la Ley 6/2023, de 16 de marzo, de áreas municipales de impulso comercial de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13763
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de comercio e industria creará un fondo adicional en los tres primeros ejercicios de vigencia de esta ley para facilitar la creación de las AMIC y en concreto creará una línea de ayudas para la sensibilización, el impulso, la asistencia técnica y la realización del plan de actuación para la mejora y la modernización de las áreas municipales de impulso comercial, destinado a las entidades promotoras.