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Ley Vigente

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.

Texto consolidado

La Administración autonómica fomentará las donaciones, herencias y legados de documentos y archivos de titularidad privada, integrantes del Patrimonio Documental de Castilla y León, a favor de la Comunidad Autónoma. La Consejería de Cultura y Bienestar Social será competente para aceptar en nombre de la Comunidad Autónoma dichas donaciones, herencias y legados en los términos previstos en la Ley de la Hacienda de la Comunidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-06-04.

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