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Ley Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.

Texto consolidado

A fin de conseguir el más alto grado de protección para los bienes de mayor importancia dentro del Patrimonio Documental castellano-leonés, la Administración autonómica promoverá la declaración como Bienes de Interés Cultural de aquellos documentos unitarios y colecciones documentales que tengan singular relevancia para la Historia y la Cultura de Castilla y León.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-06-04.

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