Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.
Texto consolidado
Las Cortes de Castilla y León ejercerán respecto a su archivo todas las competencias reglamentarias y de ejecución que en relación con los archivos pertenecientes al sistema de Castilla y León atribuye esta Ley a la Administración autonómica.