Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones sin continuidad inmediata con la trama urbana. · BOE-A-2003-10529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-09.
Texto consolidado
El plazo para la elaboración de los planos de delimitación a que se refiere el artículo 2 es de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley.