Disposición adicional tercera. Aplicación de la legislación reguladora de las infraestructuras comunes en los edificios, y de la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
Disposición adicional tercera de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. · BOE-A-2003-20253
Atención: Ley 32/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La legislación que regule las infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación mantendrá su vigencia y no quedará afectada por la entrada en vigor de esta ley.
Lo mismo ocurrirá con la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.