Disposición adicional tercera. Convenios o acuerdos con el Ministerio de Educación y Cultura.
Disposición adicional tercera de la Ley 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria. · BOE-A-2001-19610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-03.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de Cultura establecerá con el Ministerio de Educación y Cultura todos aquellos convenios o acuerdos necesarios que permitan la mejora o ampliación de las bibliotecas y de los servicios bibliotecarios. Especial atención se prestará al patrimonio bibliográfico y a la introducción de las nuevas tecnologías.