El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Aplicación de los requisitos establecidos en el artículo 27.

Disposición adicional tercera de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud. · BOE-A-2022-8832

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-26.

Texto consolidado

Los requisitos establecidos para los servicios de información y documentación juvenil en el artículo 27 de la presente ley no serán exigibles a los municipios de menos de 5.000 y más de 2.000 habitantes durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor de la presente ley, período en el cual tales municipios procederán a crear tales servicios o, en su caso, a mancomunarlos. Los municipios de 2.000 o menos habitantes quedarán exentos de cumplir preceptivamente tales exigencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-26.

Más artículos de Ley 2/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.