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Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Habilitación para la actualización de la cuantía de las sanciones y de otras medidas administrativas.

Disposición adicional tercera de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón. · BOE-A-1999-7740

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

Texto consolidado

El Gobierno de Aragón, mediante Decreto, podrá actualizar las cuantías de las sanciones previstas en el artículo 57, así como las que se establecen en los artículos 61 y 64, teniendo en cuenta en estos casos la variación que experimenten los índices de precios al consumo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

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