Disposición adicional tercera. Desaparición de fondos documentales.
Disposición adicional tercera de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón. · BOE-A-2019-466
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley se designará, mediante acuerdo del Gobierno de Aragón a propuesta de los departamentos competentes en materia de patrimonio documental y de memoria democrática, una comisión específica que realizará una investigación sobre los documentos conservados de la memoria democrática de Aragón, su accesibilidad actual y los fondos documentales desaparecidos. Las conclusiones de esta investigación serán públicas.