El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición adicional tercera. Normalización lingüística de las federaciones deportivas.

Disposición adicional tercera de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657

Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las federaciones deportivas adoptarán las medidas oportunas para la normalización del uso del euskera en el desarrollo de sus actividades. En especial, promoverán el uso del euskera en los catálogos, programas, carteles anunciadores y demás material gráfico o sonoro que utilicen en sus actividades y competiciones deportivas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

Más artículos de Ley 14/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 14/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.