Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra». · BOE-A-1994-18777
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-10.
Texto consolidado
En su caso, las funciones del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» pueden ser ejercidas por funcionarios procedentes de la Administración del Estado que se integren en el citado Cuerpo, en las condiciones que se establecen en la legislación aplicable a los funcionarios de la Generalidad.