Disposición adicional tercera. Aplicación gradual de la penalización para procurar la prudencia financiera.
Disposición adicional tercera de la Circular 5/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica. · BOE-A-2019-18260
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-20.
Texto consolidado
La penalización establecida en el artículo 19 no será aplicable hasta el cuarto año del primer periodo de aplicación de la metodología, a efectos de posibilitar la adaptación de las empresas a los rangos de valores recomendables.
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