Disposición adicional sexta. No incremento de gasto público.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 129/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de precursores de drogas. · BOE-A-2017-2461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-09.
Texto consolidado
La aplicación de las medidas previstas en este reglamento serán atendidas con los medios personales y materiales existentes y en ningún caso podrán generar incremento del gasto público.
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