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Real Decreto Vigente

Disposición adicional quinta. Comunicación entre Registros.

Disposición adicional quinta del Real Decreto 129/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de precursores de drogas. · BOE-A-2017-2461

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-09.

Texto consolidado

Los responsables de los Registros de Operadores de Sustancias Químicas Catalogadas se comunicarán los datos de utilidad en el ámbito de sus competencias para evitar el desvío de sustancias químicas catalogadas y podrán establecer un protocolo de interconexión entre sus respectivos Registros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-09.

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