Disposición adicional sexta. Sector Público Institucional Foral.
Disposición adicional sexta de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra. · BOE-A-2022-12939
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-15.
Texto consolidado
Las entidades que integran el Sector Público Institucional Foral deberán realizar los correspondientes procesos de estabilización, sin perjuicio de la adecuación de los mismos, en su caso, a su normativa específica, con objeto de cumplir el objetivo fijado de reducción de la temporalidad al ocho por ciento al final del año 2024.
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