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Ley Foral Vigente

Disposición adicional sexta. Impugnación de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones, de actos de repercusión tributaria y de retenciones o ingresos a cuenta.

Disposición adicional sexta de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. · BOE-A-2001-3494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-01.

Texto consolidado

La impugnación de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones, de actos de repercusión tributaria, así como de retenciones o ingresos a cuenta, se regulará por su normativa específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-04-01.

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