Disposición adicional quinta. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Disposición adicional quinta de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. · BOE-A-2001-3494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-01.
Texto consolidado
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el capítulo VIII del Título V del Acuerdo de la Diputación Foral de 10 de abril de 1970, por el que se aprueban las Normas para la exacción del Impuesto sobre Sucesiones, se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral General Tributaria.
Más artículos de Ley Foral 13/2000
- ← Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley Foral del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- → Disposición adicional sexta. Impugnación de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones, de actos de repercusión …
- Ver la norma completa: Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.