Disposición adicional sexta. Planes de pensiones.
Disposición adicional sexta de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-1142
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
En materia de planes de pensiones se aplicará al personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria la normativa general que sea de aplicación al resto de empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sin perjuicio de las peculiaridades que, en su caso, puedan establecerse.
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