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Ley Derogada

Disposición adicional sexta. Régimen jurídico del Servicio Cántabro de Salud.

Disposición adicional sexta de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2003-322

Atención: Ley 6/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Al Servicio Cántabro de Salud le serán aplicables las previsiones de esta Ley, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente.

El régimen de personal, económico-financiero, patrimonial, presupuestario y contable del Servicio Cántabro de Salud, así como el relativo a la impugnación y revisión de sus actos y resoluciones, será el establecido por su legislación específica, por las leyes anuales de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en las materias que sean de aplicación, y supletoriamente por esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-18.

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