El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional sexta. Ciudades de Ceuta y Melilla.

Disposición adicional sexta de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias. · BOE-A-2002-6467

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-25.

Texto consolidado

La presente Ley será de aplicación a los Boletines Oficiales de las Ciudades de Ceuta y Melilla, que deberán publicarse con una periodicidad mínima de dos veces por semana.

La referencia contenida en el artículo 6.1 a las Diputaciones Provinciales, se entenderá realizada al órgano correspondiente encargado de la publicación del Boletín Oficial de la Ciudad, correspondiendo a ésta establecer el régimen económico de las citadas publicaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-25.

Más artículos de Ley 5/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.