Disposición adicional sexta. Responsabilidad solidaria de las entidades locales.
Disposición adicional sexta de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. · BOE-A-2013-11692
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
Las entidades locales son responsables solidarias respecto del pago de las deudas tributarias de la Hacienda Pública Autonómica contraídas por las entidades a que se refieren las letras b) y c) del apartado 2.A) del artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como de las que, en su caso, se contraigan por las mancomunidades, comarcas, áreas metropolitanas, entidades de ámbito inferior al municipio y por cualesquiera instituciones asociativas voluntarias públicas en las que aquellas participen, en proporción a sus respectivas cuotas y sin perjuicio del derecho de repetir que les pueda asistir, en su caso.
Más artículos de Ley 11/2013
- ← Disposición adicional quinta. Generaciones de crédito por anticipos del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y …
- → Disposición adicional séptima. De los organismos autónomos integrados como una sección presupuestaria en el Presupues…
- Ver la norma completa: Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.