Disposición adicional sexta. Evaluación de impacto relativa a la protección de datos.
Disposición adicional sexta de la Ley 1/2023, de 16 de febrero, por la que se regula la atención temprana en la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2023-5958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de salud deberá realizar una evaluación de impacto en la protección de datos de los tratamientos a los que se refiere esta ley, a fin de adoptar medidas técnicas y organizativas reforzadas para garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos personales. Dichas medidas deberán en todo caso garantizar la trazabilidad de los accesos y comunicaciones de los datos.